DGI reconoce la figura del consorcio.....
Fecha de noticia: 15-Noviembre-2014
Por: Carlos Urbina
El día 8 de septiembre de 2003, la DGI dicta la Resolución 201-2835 donde se instruye a las Administraciones Provinciales de Ingreso a inscribir de oficio o a petición de parte, a las sociedades accidentales.
Estas sociedades accidentales son creadas de forma temporal por otros contribuyentes sin que exista claridad en nuestro Código Fiscal sobre la forma en que tributan.
En algunos casos la DGI ha aceptado que los contribuyentes que integren estas sociedades tributen en forma separada y, en otras ocasiones, han sido tratados como contribuyentes independientes aún cuando no tengan personería jurídica.
Esta norma vino a cambiar esta figura y, a la fecha en que se escribe este resumen, no había sido elevada a Ley o Decreto Ejecutivo.
Vea consulta haciendo click aquí: vea Resolución 201-2835
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